18 septiembre 2007

LOS LÍMITES DE AGOST Y LA DISPUTA CON PETRER

Los límites del señorío de Agost no aparecen en ninguna de las escrituras de venta realizadas por los distintos señores de la villa en época medieval, ni siquiera en la carta puebla de 1482; no tenemos referencia, pues, de cual era el territorio que conformaba su término. Sabemos, sin embargo, que una real provisión de 16 de junio de 1490 encargaba a Juan Franco el amojonamiento del término de Agost, con el ánimo de zanjar las disputas que, por la cuestión del territorio, se libraban entre sus vecinos y los de municipios limítrofes. Parece que resultó difícil poner de acuerdo a las partes ya que cinco años más tarde continuaba pendiente la fijación del terreno.

En la primera línea divisoria localizada –que situamos entre los siglos XIV y XV- las líneas de Tibi, hacia la parte más alta del Maigmó entre Tibi y Castalla, y desde aquí, por las vertientes de la solana de la Serra Almadrava –ya en Petrer- llegaba hasta la Carrasqueta.

En la documentación manejada cien años después, cuando se pretendió llevar a cabo un nuevo deslinde, los límites de Agost no mostraron grandes variaciones:

"Subía arriba de la sierra nombrada del Ventós, donde había un mojón muy derruido encima de la sierra. De dicha sierra y mojón baxava la línea i bolvía a subir por medio de un barranco arriva que está en la solana de la sierra nombrada Maimó, y arriba en el picayo de dicha sierra havía otro mojón muy derruido apenas quedavan vestigios, y ambos mojones no mantenian otras confrontaciones que los Montes Reales y aquí acababa el término de la villa de Tibi.

Inmediatamente y enseguida entrava el término de la villa de Castalla, con quien limitava y confrontava el de Alicante en esta forma: el término de Castalla baxa de dicha sierra del Maimó, y por vajo del collado dicho de Ragil, por la ladera de la sierra nombrada de Isop, subía a la atalaya del Pino adonde havía un mojón en dicha atalaya muy derruido, donde apenas existían vestigios. Y dicho mojón no tenía otros lindes que los Montes Reales que les cercavan por todas partes, donde finaliza la partición del término de Castalla.

Proseguía el término de la villa de Petrer, del condado de Elda, con quien limitava y confrontava el término de Alicante de esta forma: que el término de Petrer baxava desde la atalaya nombrada del Pino, y tomava las vertientes de la Sola de la Serra y cortava por la partida nombrada de la Foradada, que estava encima del pozuelo nombrado de Irles. De dicho pozuelo tirava en línea recta al collado de la cañada de la Roig, que está detrás de la peña de los Montesses, adonde havía un mojón en medio de una Chaparral de les Colles, junto a un malladar. De dicho mojón subía el término por el esquinal de aquel cerro, y baxava a la Almadrava que está en la partida nombrada de Almatar de los Moros, encima de los bancales eo boltes de Vanori als Castellarets de Rabosa, donde havía otro mojón encima de un collado cerca del Varranco de Aguas. De dicha Almadrava sube el término a la Carrasqueta que estava arriba en el esquinal de la sierra del Sid, donde havía otro mojón arriba de la sierra."


Agost tuvo problemas de lindes con Alicante, pero en esta ocasión sólo nos detendremos en la línea divisoria entre Agost y la villa de Petrer, pues este asunto planteó fuertes controversias entre ambas poblaciones vecinas aunque, junto a Agost se hallaba implicada la ciudad de Alicante ya que, en definitiva, se trataba de la frontera del término general de Alicante.

En las dos primeras líneas divisorias que tenemos documentadas para la general contribución de Alicante se nos muestra dentro del territorio de Agost una amplia zona que hoy día corresponde al municipio de Petrer. La pérdida de esa extensión tuvo lugar como consecuencia de la expulsión de los moriscos: el rey Felipe III pidió a don Antonio Coloma i Calvillo, señor de Petrer, la repoblación con cristianos viejos de una serie de haciendas que habían sido abandonadas por los expulsados, al tiempo que les hacía merced de todas estas tierras:

Por haver coadyuvado a la expulsión de los moriscos de España al señor de la villa, mi parte, le hizo gracia el rey de las tierras que éstos poseían en ella (…). Y últimamente -el 27 de octubre de 1612- que les hizo gracia a los vecinos de la villa de toda la serra del Cit – inicialmente reservada al señor- con tal que hubieran 1.000 cabezas de ganado, y después de dichas gracias, hizo mi parte boalares de toda la enunciada sierra…

Con el fin de asegurarse el territorio otorgado, los dueños de Petrer presentaron una firma de derecho en 1662, por la que se establecían los nuevos mojones que ampliaban el territorio de Petrer en detrimento del de Agost.

Y así fue como a consecuencia de una real gracia del monarca de entonces, Agost perdió, en beneficio de Petrer, una cuarta parte de la superficie de su término.

Extracto de un artículo de Joaquín Castelló Castelló

 
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